Beca anual de movilidad en neurorradiología

Beca anual de movilidad en neurorradiología

La Sociedad Española de Neurorradiología tiene como uno de sus objetivos prioritarios la promoción de la formación y el intercambio de conocimiento entre sus socios. Esta ayuda se ha creado con la intención de ayudar a adjuntos en sus primeros años de ejercicio a aumentar sus conocimientos en el campo de la Neurorradiología. El presupuesto adjudicado a estas estancias formativas es de 5000 euros pudiéndose asignar a un único candidato o pudiéndose repartir entre varios candidatos.

Bases:

  1. Podrán optar a esta ayuda aquellos radiólogos especialistas que sean socios de la SENR y estén al corriente de las cuotas de pago anuales.
  2. El solicitante deberá presentar la carta de aceptación del centro donde se va a realizar la estancia formativa durante el período solicitado.
  3. La duración de la estancia estará comprendida entre un mínimo de 1 mes y un máximo de 3 meses.
  4. El jurado estará compuesto por:
    • La presidencia de la SENR
    • La Vicepresidencia de la SENR
    • Vocal Formación de la SENR
  5. En el supuesto exista algún posible conflicto de interés por parte de alguno los miembros del Jurado será sustituido por otro miembro de la Junta Directiva de la SENR, a criterio de la Presidencia.
  6. El plazo de presentación de las solicitudes será del 1 de febrero al 30 de marzo de cada año.
  7. Las solicitudes se remitirán por correo electrónico a la Secretaría técnica de la SENR (senr@senr.org) y al Vocal de Formación (Dr. Antonio López Rueda; alrueda81@hotmail.com) por correo electrónico.
  8. Documentos que deben ser incluidos en la solicitud:
    • Curriculum Vitae Normalizado
    • Carta de aceptación del centro receptor
    • Carta de motivación para realizar la estancia formativa
  9. El jurado valorará aspectos curriculares de los candidatos así como colaboraciones con la SENR, incluyendo actividades científicas o formativas en cursos o reuniones de la sociedad.
  10. La resolución del jurado será comunicada a los solicitantes en un plazo de 1 mes una vez finalizado el plazo de presentación. Las resoluciones del jurado serán inapelables.
  11. La adjudicación del importe de la ayuda se hará efectiva al iniciar la estancia formativa en el centro solicitado.
  12. Al finalizar la estancia formativa, el beneficiario de la beca deberá remitir un justificante de asistencia emitido por el responsable de la unidad en la cual se ha realizado la formación.
  13. En caso de renuncia para aceptar la ayuda por parte del candidato seleccionado por el Jurado, se convocará al siguiente candidato en función del baremo establecido.
  14. Baremo beca estancia formativa: El comité evaluará el interés formativo de la estancia (0-5 puntos) y el CV del candidato (0-10 puntos).
  15. La participación en la presente convocatoria lleva implícita la aceptación de todas sus bases.
  16. La beca se podrá conceder a las estancias del año en curso, pudiéndose presentar solicitud a una estancia ya realizada en los primeros meses del año