Solicitud para la acreditación de centros de formación en neurorradiología intervencionista
Requisitos mínimos necesarios para la acreditación de un centro de formación en neurorradiología intervencionista
a) Centro/Hospital acreditado para la formación MIR en Radiología
b) Equipo angiográfico mono o biplano, con posibilidad de adquisición rotacional y obtención de imágenes 3
c) Equipo de TC multicorte con posibilidad de obtener estudios de angio-TC intracraneal y de troncos supraaórticos, y de perfusión TC
d) Equipo de RM de, al menos, 1,5T
e) Existencia en la estructura hospitalaria de los siguientes servicios:
- Urgencias
- Neurocirugía
- Neurología
- Reanimación / UCI
- Traumatología y ortopedia
f) La actividad que se debe acreditar es un un mínimo de 100 intervenciones anuales (para garantizar una atención adecuada), entre las que se incluyan:
- 30 procedimientos endovasculares de tratamiento de aneurismas
- 10 procedimientos endovasculares de tratamiento de de malformaciones vasculares
- 20 angioplastias con stent de arterias extracraneales
- 15 misceláneas (pe: angioplastia intracraneal por stenosis o espasmo, tratamiento endovascular de ictus isquémico agudo, malformaciones vasculares de carótida externa, embolización tumores, angiomas venosos, etc.)
- 5 procedimientos endovasculares raquimedulares (FAVD espinal, MAV medular, etc.)
- 30 procedimientos intervencionistas espinales (vertebroplastia, cifoplastia, discolisis, infiltraciones paravertebrales, periradiculares o periganglionares, biopsias, etc.)
En caso de no llegar a la actividad mínima en uno de los apartados, se podrá realizar una rotación externa para cubrir la formación exigida.
Requisitos técnico-estructurales y profesionales
Centro hospitalario y/o universitario acreditado para la formación MIR en radiología, dotado de equipo de TC multicorte, RM de al menos 1,5T con secuencias y software dedicado a la neuroimagen, y angiográfo mono o biplano 3D; realización de al menos 100 estudios de TC/RM semanales (cráneo, columna, cuello) durante los 5 días de la semana, el 10% de ellos de carácter urgente; existencia de al menos 2 neurorradiólogos con adecuada competencia teórico-práctica en neurorradiología intervencionista.
El responsable de formación, que ha de demostrar una experiencia en neurorradiología intervencionista de al menos 10 años y ser socio de número de la SENR y del GENI, garantizará que la estructura local de la institución cumple con los requisitos establecidos para su acreditación.
La Unidad deberá disponer de protocolos actualizados para los diferentes procedimientos diagnósticos y terapéuticos, debiendo tener un control y seguimiento de las diferentes intervenciones, conocimiento de las tasas de morbi-mortalidad, que deben estar dentro de los estándares aceptables.
Será necesario adjuntar la siguiente documentación:
- Certificado de acreditación para la Formación MIR en Radiología.
- Plan de formación del centro en Neurorradiología Intervencionista.
SENR: Acreditación – NR Intervencionista
Rellene y envíe el presente cuestionario.